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Exoneración para jubilados

Aclaración respecto a la exoneración de la contribución inmobiliaria en el contexo de la pandemia.

En el marco de la emergencia sanitaria nacional y debido a las inquietudes para realizar el trámite de exoneración de Contribución Inmobiliaria 2020 para jubilados y pensionistas, el Departamento de Recursos Financieros y la División Administración de Ingresos dispusieron:

  • Reiterar para el año 2020 todos los beneficios de exoneración que obtuvieron en el año 2019 las/os jubiladas/os y pensionistas, con los mismos porcentajes.
  • Todo lo relacionado al control habitual de la documentación y los requisitos exigidos se realizará por parte de los Centros Comunales Zonales (CCZ). En el momento en que la/el jubilada/o se presente a solicitar la reiteración de la exoneración, tendrán para ello una nueva pantalla que está siendo desarrollada por el área de Tecnología de la Información.
  • El plazo para la presentación de las/os jubiladas/os que soliciten la reiteración podrá ser hasta el 15 de diciembre.

Aclaraciones:

Las facturas con la exoneración se emitirán en la cuota 3 de Contribución Inmobiliaria 2020.

Aquellas/os jubiladas/os a quienes se les reitere para el 2020 la exoneración 2019 y no se presenten en los plazos establecidos o al controlar su solicitud se detecte que no cumplen con alguno de los requisitos, se les anulará la exoneración 2020 y se re liquidará y facturará la Contribución Inmobiliaria 2020 sin multas ni recargos.

Pasivos que soliciten la exoneración por primera vez: del 1° al 31 de agosto en el CCZ de su barrio:

  • CCZ 10 (Av. Belloni esq. Cap. Tula) - Manga, Piedras Blancas, Bola de Nieve, Boizo Lanza, Toledo Chico, barrio Franco, Trasatlántico, barrio Cirilo, Plus Ultra, Buenos Aires y La Selva.
  • CCZ 11 (Av. Gral. Flores y Bagé) - Villa Española, Unión, Pérez Castellanos, Cerrito, Porvenir, Plácido Ellauri, Marconi, Casavalle, Borro, Bonomi, Municipal, Instrucciones, Jardines de Instrucciones, Fraternidad, Cóppola y Las Acacias.